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dc.contributor.authorÁrea de Ciencia y Técnica
dc.contributor.authorVicerrectorado de Investigación, Extensión y Vinculación
dc.date.accessioned2022-10-20T12:12:45Z
dc.date.available2022-10-20T12:12:45Z
dc.date.issued2021-11-05
dc.identifier.urihttps://repositorio.umaza.edu.ar/handle/00261/3060
dc.description.abstractDe acuerdo a la Ley Nacional de Propiedad Intelectual N°11.723, sancionada el 26 de marzo de 1933 y a la Resolución Rectoral N°1400/2016 que aprueba el Reglamento sobre Derechos de Protección de Resultados de Propiedad Intelectual. Se considera, que es política institucional la preservación de derechos de autor, como manifestación del derecho a la protección intelectual y que el plagio es uno de los principales actos que atenta contra los derechos de protección intelectual de las obras. Por lo tanto, resulta valiosa la incorporación de un régimen general de atención al plagio académico que delimite el concepto y los alcances de la práctica y prevea mecanismos reparadores y sancionados de corresponder.en_US
dc.language.isospaen_US
dc.subjectPropiedad Intelectualen_US
dc.subjectRechazo al Plagioen_US
dc.subjectInstitucionalen_US
dc.titleRes. 787/2021 - Políticas de Protección de Derechos Intelectuales y Rechazo al Plagioen_US
dc.typeInstitucional - Normativaen_US
umaza.statusSNRDPublicadaen_US


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